¿Cómo se tramita el Pasaporte?
Todos los trámites del pasaporte se realizan en la oficina o dependencia habilitada de tu ciudad. Le recomendamos ver a continuación en que supuesto se encuentra para ver el procedimiento y los requisitos necesarios.
Si quieres conocer cual es la oficina más cercana a tu domicilio Visita este enlace
Renovaciones
Si usted desea renovar su Pasaporte visite: Renovar Pasaporte
Costo del Pasaporte Argentino
El precio por sacar el Pasaporte en Argentina, tanto como su renovación u extravío por diferentes causas, es de $550 (quinientos cincuenta pesos). Si realiza el trámite en un Shopping o Centro Comercial, al costo hay que sumarle un arancel extra de $100.
Mayores de 18 años de edad
Si usted es Argentino mayor de 18 años de edad, sólo es necesario que se presente con su Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento (en vigencia) o Libreta Cívica ante la oficina habilitada por el Registro Nacional de las Personas más cercana a su domicilio para sacar el Nuevo Pasaporte Electrónico.
Sacar el Pasaporte de forma Urgente
Si usted necesita el Pasaporte de forma urgente hay dos opciones que pueden ayudarle, le recomendamos las siguientes opciones:
Menores de 18 años
Para Argentinos menores de 18 años de edad es requisito esencial exhibir el Documento Nacional de Identidad acompañado de la partida de nacimiento (certificada en original), acta de reconocimiento u adopción.
Para dar inicio al trámite de un Pasaporte Electrónico el menor de edad debe estar acompañado por el/los padres u tutor legal.
Diferentes situaciones ante padres y tutores:
Padres casados: En este supuesto sólo es necesario que se presente uno de ellos y exhiba la partida de matrimonio certificada acompañando el resto de la documentación requerida (DNI del menor). Si no posee la partida de matrimonio, ambos padres deberán acompañar al menor para dar su consentimiento. En caso de que uno de los padres haya fallecido, es necesario presentar la partida de defunción original para dar inicio al trámite.
Padres Divorciados: En el caso de que la tenencia estuviese en uno de sus padres ya sea por sentencia judicial de divorcio, separación personal u acuerdo judicial, deberá acreditarla con copia certificada.
Tutores o Curadores: Para el caso de que el menor de edad estuviera a cargo de un tutor o curador, es necesario contar con la autorización judicial expresa.
Cuando el menor de edad no es acompañado por el/los padres, tutor o curador, para poder dar inicio al trámite se debe dejar constancia expresa del ejercicio de la persona que da inicio al trámite, mediante una copia autenticada de la autorización judicial o poder otorgado por escribano público en original, acreditando fehacientemente su intervención.
Duplicados Mayores de edad
Si desea modificar los datos filiatorios de su Pasaporte, ya sea por la incorporación de un nombre, apellido o cualquier otro dato, debe presentarse con el acta o partida en donde se acredita dicha modificación.
Hay que exhibir el Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento y si usted posee Pasaporte debe presentarlo con el fin de anularlo, e inmediatamente debe ser entregado a su titular, con el fin de preservar los visados que tenga.
Para renovaciones de pasaportes debe presentarse en las oficinas habilitadas y llevar su DNI y Pasaporte, allí si anulará el vencido y se entregará nuevamente para preservar los visados.
Duplicados o Nuevos Pasaportes para menores de 18 años
Para Argentinos menores de 18 años de edad, el menor debe acercarse a una oficina habilitada por el RENAPER acompañado de un mayor que ejerza la patria potestad, quién deberá acreditar su identidad presentando el DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica.
Si el menor no se encuentra acompañado de un mayor que ejerza la patria potestad, el mayor deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, mediante una copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.
Es importante destacar que para menores de 14 años quiénes todavía no hayan realizado la renovación al nuevo DNI Digital, deberá presentarse partida de nacimiento certificada, acta de adopción, reconocimiento según corresponda.
Supuestos Especiales (Personas con incapacidades)
Debe presentarse el Documento Nacional de Identidad junto con la designación judicial de la persona que ejerza la carutela o tutela, salvo que hubiese sido asumida por el ministerio de la Ley.
Las personas sujetas a patria potestad, tutela o carutela están condicionadas al consentimiento expreso, del órgano o persona que tenga asignado la responsabilidad.
En caso de no estar presente quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, el denunciante deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.
Rectificación de Pasaportes
Rectificación o modificación en los datos filiatorios
Para dar inicio al trámite por la modificación en los datos de su actual Pasaporte, debe presentar su DNI, Libreta Cívica o de Enrolamiento. Si la rectificación es por cambio de nombre o apellido, fecha de nacimiento u otros datos de filiación, es de carácter obligatorio presentar, según sea el caso, acta o testimonio de la sentencia de Reconocimiento u Adopción, otro ejemplo puede ser la partida de Nacimiento Certificada en la que se vean expresados los cambios.
Rectificación por errores u omisiones
En este caso, si se le ha entregado un nuevo Pasaporte y el mismo posee errores u omisiones, ya sea del nombre, del apellido o de cualquier otro dato filiatorio (fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, etc.), es requisito indispensable presentar el Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica.
Rectificación de Oficio o a Solicitud de Interesado
Si por alguna razón se comprueba diferencias a los datos que usted presentó ante las oficinas habilitadas al momento de dar inicio al trámite del Nuevo Pasaporte Electrónico, o se ven errores visibles en la confección o en la impresión, se procederá a inutilizar el documento defectuoso entregado y se volverá a realizar otro ejemplar sin cargo adicional. Siempre y cuando se denuncie dentro de los noventa días corridos a la entrega del documento, con la condición de que dicho Pasaporte no haya sido utilizado para realizar viajes al exterior. Si este fuera el caso, la rectificación deberá ser abonada por parte del solicitante.